DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nro 11 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta la flagrancia, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos JULIO DAVID CASTEJON CRESPO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.400.367, JEAN CARLOS TORCATES QUINTERO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.142.468, JOSE RAFAEL CARRASCO CAMACHO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.364.563 y VICFRAN JESUS GUTIERREZ PEREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.461.012, por la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos Fútiles e innobles, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano, Asociación para Delinquir previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley contra la delincuencia organizada,.....