DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 11, como punto previo: y ante la solicitud de Nulidad absoluta realizada por la Defensa Abg. Wanda Teran, este Tribunal declara improcedente la respectiva nulidad, en virtud de que mal puede esta Juzgadora anular una Orden de Allanamiento acordado por un Tribunal distinto, pues este Tribunal solo Acordó dos Ordenes de Aprehensión solicitada vía telefónica por el Ministerio Publico, por un caso delictivo cometido en esta Jurisdicción, la cual se acordó a Nivel Nacional, pudiendo dicha defensa ejercer los recursos pertinentes ante el Tribunal que acordó el referido allanamiento. Ahora Bien, Este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos: RODOLFO BATISTA ALBESIANO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.356.330 Y ALI JOSE CAMPOS ROMERO, titular.....