Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: PRIMERO: Visto la forma en que se presentaron los hechos, se acuerda CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos aprehendidos VICTOR EDUARDO CASTILLO LANDAETA, YORCELIS VIRGINIA QUINTINIS QUINTINIS, DEYSI MIGDALYS CORZO LOPEZ, , JORGE LUIS NIEVES PAEZ, esto de conformidad con el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge la precalificación fiscal por EL delito de: LESIONES PERSONALES EN RIÑA. Una vez decretada la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del imputado JOSE GREGORIO RANIREZ HERRERA, se les cede la palabra nuevamente, imponiéndolo nuevamente del precepto constitucional estableci.....