DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima que están presentes los supuestos del Art. 248 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención del ciudadano Yacson Antonio Rodríguez Vivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.414.128. SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con el articulo 250 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL. TERCERO: Se acuerdan a favor del ciudadano Yacson Antonio Rodríguez Vivas, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consiste en presentación ante tribunal o fiscalia, cada vez que .....