Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), cumpla con las siguientes sanciones:
- Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año, la cual consiste en el cumplimiento de la siguiente obligación:
- El adolescente deberá realizar cursos consignando constancia de inicio y culminación de los mismos.
Notifíquese al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y sus representantes legales, a los fines de participarles del presente auto dictado y para que comparezcan el día martes 15 de Septiembre del 2004, a las 2:30 pm. Para que hagan uso del derecho de hacer las observaciones a que haya lugar. Así mismo se acuerda notificar a la defensa y a la Fiscal del Ministerio Público.
Regístrese y publíquese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Es.....