DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se decreta la cesación definitiva de la medida de privación de libertad a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDAD en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento, por el delito de Robo Impropio, previsto en el artículo 458 del Código Penal. Líbrese boleta de Libertad. Ofíciese al Director del Centro Socioeducativo Dr. Pablo Herrera Campins. Notifíquese a las partes.
Regístrese y publíquese.
La Juez de ejecución.
Abg. AURA OTTAMENDI. El Secretario de Sala,
Abg.CAMILO ALCALA