DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que los jóvenes, plenamente identificados, a cumplir las siguientes sanciones: En el caso de EDWIN JOSE BARRANCA BARRIOS con la medida de Libertad Asistida por el lapso de un (1) año, Imposición de Reglas de Conducta por el de un (1) año y se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en la dirección que manifestaron en la audiencia de juicio y cualquier cambio deberán notificarlo al tribunal por escrito
2.- Mantenerse en una actividad laboral y consignar constancias de trabajo cada tres (3) meses
3.- Prohibición de Portar Armas de Fuego, Blancas y Facsímiles
4.- Prohibición de acercarse a la victima.
Servicios a la Comunidad por el lapsote seis (6) meses.
Las dos primeras medidas se cumplirán en forma simultánea y culminada estas cumplirá la última señalada.
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