DECISION
Por todo lo expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 622 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Suspende la Ejecución de las medidas de Semilibertad, Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta por las cuales fue sancionado el joven por la comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de Frustración y Robo Agravado Consumado previstos en los artículos 460 en concordancia con el 80 del Código Pena y 460 eiusdem. Notifíquese a la Defensa y a la Representación Fiscal de la fundamentación realizada en la presente fecha.
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias La Secretaria de Sala