DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia Condenatoria Definitivamente Firme, de fecha 04-10-2013, se ejecuta la sentencia condenatoria fue de DOS (02) AÑOS, de privación de libertad este tribunal toma en cuenta desde el momento en que se encuentra detenido (IDENTIDAD OMITIDA), de las actuaciones se evidencia que el joven ha permanecido detenido desde el 28-04-2013, a la presente fecha ha cumplido Diez (10) meses y cuatro (04) días, le falta por cumplir UN (01) AÑO UN (01) MES Y VEINTICINCO (25) DIAS. Cumple su sanción el 28-04-2015.
La cual será cumplida en el Centro Socio educativo Dr. Pablo Herrera Campins, hasta que el Tribunal decida lo contrario. Se Ordena al Equipo Multidisciplinario de dicho Centro la elaboración al sancionado del Plan Individual de conformidad con lo establecido en el artículo 633 de la Ley Orgánica .....