Decisión
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven , plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Imposición Reglas de Conducta, por el lapso de un (1) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Prohibición de Portar Armas de Fuego y Armas Blancas
2.- Realizar gestiones para continuar sus estudios
3.- No permanecer fuera de su hogar después de las 8:00 de la noche
4.- No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y bebidas alcohólicas
5.- Realizar talleres de educación integral en la Dirección de Prevención del Delito
Servicio a la Comunidad por el lapso de seis (6) meses
Estas medidas se cumplirán en forma sucesiva
El Juez de Ejecución,
Abog. Gerardo Pastor Arias La Secretaria de Sala