DECISION
Por las razones que anteceden, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara la Cesación de la medida sancionatoria de AMONESTACION, en favor del adolescente por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales de mediana gravedad, prevista en el artículo 415 y 420 del Código Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes. El joven continuara cumpliendo con la Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año. Notifíquese. Regístrese
LA JUEZ DE EJECUCIÓN
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
ABG. YAZMILA VERACIERTO