Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), cumpla con las siguientes sanciones:
- Libertad Asistida la cual consiste en someter al adolescente a la supervisión, asistencia y orientación de una persona capacitada y en el caso que nos ocupa estará a cargo de PANACED, con sede en el Hospital Pediátrico “Agustín Zublillaga”, de esta ciudad, por el lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el articulo 626 ejusdem.
- Imposición de reglas de Conducta, por el lapso de seis (06) meses, la cual consiste en el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
1.- Residir en un lugar determinado.
2.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
3.- No portar armas blancas, de fuego o facsimil.
4.- Obligación de permanecer en un trabajo o empleo.....