DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY en ejecución de sentencia, ordena al joven adulto, plenamente identificado, a cumplir la siguiente sanción:
Servicio A La Comunidad, por el lapso de seis (06) meses.
Libertad Asistida por el lapso de dos (2) años
El cuanto al lugar para cumplir dichas medidas se determinara en la Audiencia de Imposición.
Regístrese y líbrese las respectivas notificaciones y oficios.
Cúmplase.