POR TODO LO EXPUESTO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR lo solicitado por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA., en cuanto a la sustitución de la medida de Privación de Libertad que cumple el Joven IDENTIDAD OMITIDA, en el Centro Penitenciario de Guanare y se deja sin efecto la audiencia de imposición de medida fijada para la fecha 15 de Septiembre de 2011 y se fija nueva fecha para 19 de Septiembre de 2011 a las 02:00 p.m. Por cuanto el 15 de Septiembre no habrá despacho en el tribunal por receso judicial nacional .Líbrese Boleta de traslado. Líbrese oficio al equipo técnico de dicho Centro Penitenciario a los fines de que realice informe conductual y de progresividad. Siendo que ya fue trasladado por orden del Director desde el Centro Penitenciario de Uribana al Centro Penitenciario de Guanare es inoficioso pronunciarse al respecto pero este Juzgado dado a los motivos por la cual se produjo el cambio manifiesta su conformidad en beneficio d.....