DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven DATOS OMITIDOS, plenamente identificado a cumplir la sanción de SEMILIBERTAD, por el lapso de Un (1) año, la cual cumplirá en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins, los días Sábados y Domingos de 8:30 am a 5:00 pm, y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de Un (01) año, será cumplida mediante las siguientes obligaciones: 1.-) Someterse al cuidado y vigilancia de sus padres, 2.-) No acercarse a la victima ni por sí ni por interpuesta persona. 3.-) Residir en lugar determinado informando cualquier cambio de dirección al Tribunal. 4.- Mantenerse en un trabajo estable, con la obligación de presentar constancia de trabajo. 5.-) Prohibición de consumir sustancias toxicas y bebidas alcohólicas., 6.-) Prohibición de permanecer fuera del hogar luego de las 9 de la noche, sin autorización de sus padres o repr.....