DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la CESACIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal, por cumplimiento de la medida sancionatoria, como un presupuesto necesario para un programa socio-educativo eficaz, por el delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. Líbrese boleta de libertad plena en cuanto a este asunto, al Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins. Notifíquese a las partes, líbrese oficio al Tribunal de Control No1 de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Lara en el asunto KPO1-D-2013-967 Regístrese. Publíquese. Cúmplase.