Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), cumpla con las siguientes sanciones:
- Semi-libertad: la cual consiste en la incorporación obligatoria del adolescente durante los tres (3) primeros meses en el Centro Socio Educativo "Pablo Herrera Campins", de lunes a Sabado, ingresando en lunes de 8:00 a.m egresando los sabados a las 6 p.m. y los tres ultimos meses los debera cumplir en "FUNCABEN", en razón del problema de adicción del adolescente, en las condiciones que se señale la referida institución.
- Libertad Asistida, por el lapso de seis (06) meses: la cual deberá cumplir en el Programa de Atención al Niño y Adolescente en Circunstancias especialmente difíciles, PANACED, el cual esta ubicado en el Hospital Pediátrico del Estado Lara. Dicha sanción consistirá en la obligación por parte del adolescente de r.....