DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se decreta la CESACIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la medida sancionatoria, de conformidad con el articulo 645 en concordancia con el articulo 647 literal "h" de la LOPNNA, como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal y sancionado en la LOPNNA. Líbrese boleta de LIBERTAD PLENA, efectiva a partir del 17-08-2014. Se encuentra detenido en el Centro Penitenciario FENIX. Notifíquese Fiscal, Defensa. Regístrese y Publíquese.