DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente, plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (1) año se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en un Lugar determinado y comunicar cualquier cambio al Tribunal.
2.- Prohibición de Portar Armas de Fuego o arma de ningún tipo.
3.- Retomar sus estudios de escuela básica o realizar cursos que pueda ayudarlo a su formación en el trabajo.
4.- Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas así como bebidas alcohólicas.
Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (06) meses.
Medidas que se cumplirán en forma simultánea.
Regístrese y líbrese las respectivas notificaciones.
Cúmplase.