DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven DATOS OMITIDOS cumpla la sanción de Semilibertad, por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal fíjese para el día 14 de Abril de 2009 a las 9:00 am, la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones