DISPOSITIVA
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Sustituye la medida privativa de libertad impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, del cual se desprende un lapso de dos años y tres meses, restantes de tres años y ocho meses que le fueron impuestos, por la medida de Reglas de Conducta por el lapso el resto del lapso de la sanción las cuales consisten en: 1) Residir en un lugar determinado y cualquier cambio deberá participarlo al Juez de Ejecución 2) Prohibición de Portar Armas de Fuego y Armas Blancas. 3) Prohibición de consumir bebidas alcohólicas. 4) Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 5) Mantenerse en un trabajo estable, para lo cual deberá presentar constancia .....