DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta la cesación de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, a favor del joven DATOS OMITIDOS, en la causa seguidas por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de Complicidad Simple previsto en los artículos 5, 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en concordancia con el artículo 84 del Código Penal. Notifíquese de lo conducente al joven sancionado a la Defensa y a la Fiscala 19 del Ministerio Público y líbrense oficios al Párroco de la Iglesia Jesús de Nazareth del sector la Carucieña y al Director del Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins