Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la denegación de la sustitución de la medida de Privación de Libertad, que cumple el joven (Identidad Omitida) identificado supra. Se ordena que el Equipo Técnico que asiste a la Sección, le realice las evaluaciones conductuales y Psicosociales correspondientes con carácter de urgencia, que permitan a este Tribunal revisar de nuevo la medida. Líbrese oficio. Se acuerda renovar el permiso a la concubina del sancionado para la visita en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental de Uribana.
Regístrese.