DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia Condenatoria Definitivamente Firme, de fecha 12-07-2013, se ejecuta la sentencia donde ordena al joven (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado, a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de Un (01) año y seis (06) meses este tribunal toma en cuenta desde el momento en que se encuentra detenido, es decir desde el 07-05-2013, hasta la presente fecha el Joven ut supra a permanecido detenido por el lapso de ocho (08) meses y un (01) día, le falta por cumplir Siete (07) meses y veintinueve (29) días, vence la sanción el 07/11/2014; la cual será cumplida en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins. Se acuerda remitir al Director del Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins, copia de la presente decisión y solicitar remita a la brevedad posible Plan Individual.....