DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incumplidas las medidas sancionatorias de Reglas de Conducta y Servicio a la Comunidad, en consecuencia, se acuerda la PRIVACIÓN DE LIBERTAD al joven sancionado, en la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales de este Estado, por el lapso de tres (03) meses, que vence el día 01-09-2007, a los fines de que cumpla un programa socioeducativo eficaz para lograr su reinserción.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
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