DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CESACION DE LA MEDIDA DE SEMI-LIBERTAD, que le fue impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de esta ciudad; por el delito de Actos Lascivos Violentos, previsto y sancionado en el articulo 377 del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Centro Socio-educativo "Pablo Herrera Campins" de la presente decisión. Notifíquese a las partes.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Ejecución, a los cuatro (04) días del mes de Mayo de 2004.
La Juez de Ejecución,
Abg. Gloria Elena Briceño C.
La Secretaria de Sala,
.....