DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la cesación de la medida de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, a favor del joven, por la comisión de los delitos de Lesiones Intencionales Gravísimas y Porte Ilícito previstos en los artículos 416 y 278 del Código Penal. Las partes quedaron notificadas. Remítase al archivo en su oportunidad legal.-
LA JUEZ DE EJECUCION
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
ABG. YASMILA VERACIERTO