DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: de conformidad con lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo literal"C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara incumplida la medida de Imposición Reglas de Conducta, en consecuencia, decreta la PRIVACIÓN DE LIBERTAD por ser esta la de mayor gravedad en la Ley, a la adolescente, por el lapso de un (01) mes, la cual cumplirá en la Comandancia General de las Fuerzas Armadas policiales del Estado Lara, que vence el día 02-05-2007, a los fines de que cumpla un programa socioeducativo eficaz para lograr su reinserción.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. TABANIS BASTIDAS
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