Por todo lo expuesto en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara improcedente y en consecuencia se deniega la sustitución de la medida de Privación de Libertad que cumple el joven adulto (Identidad Omitida)antes identificado.De la misma forma estudiar bachillerato fuera del establecimiento de internamiento. Se ordena al equipo técnico que asiste a esta Sección que estudie la posibilidad de organizar equipos de trabajo con los adolescentes para que se le impartan el tratamiento que requiere a los fines de que puedan superar las carencias detectadas en la evaluación para el plan individual. Asimismo se ordena al director del centro Socio Educativo Pablo Herrera Campins que intensifique el tratamiento relacionado con los valores que permitan crear autocrítica y conciencia social en él. Líbrense oficios.
Regístrese.