DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente decreta la cesación de la medida de privación de libertad a favor del joven, plenamente identificado, en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la medida de Privación de Libertad como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de Homicidio Intencional a titulo de Dolo Eventual, previsto en el artículo 407 del Código Penal. Líbrese boleta de Libertad. Notifíquese de lo decidido tanto a la Defensa como la Fiscal 18 del Ministerio Público