DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, declara Sin Lugar, la solicitud de revisión de medida solicitada por los defensores privados del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Hurto y Robo de vehículo Automotor, se mantiene la medida privativa de libertad prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes.