DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, DECLARA Con Lugar la solicitud de la defensa y en consecuencia, REVOCA LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD prevista el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes POR LA MEDIDA CAUTERAR DE DETENCIÓN DOMICILIARIA prevista el articulo 582 literal A", a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA. Quedaron las partes debidamente notificados de la decisión en la audiencia, Publíquese. Regístrese.