DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas. Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta a favor del joven DATOS OMITIDOS el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de la causa de conformidad con el Artículo 568 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en razón que el mismo dio cumplimiento con las obligaciones impuestas en el lapso establecido por este Tribunal , por el Delito detectación de arma de fuego, previsto en el articulo 277 del Código Penal. Líbrese boleta de notificación a las partes. Regístrese Publíquese.