.//Decisión
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 77 del Código Orgánico Procesal Penal declara la Declinatoria de Competencia en la causa seguida al joven ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de Robo Genérico, previsto en el artículo 455 del Código Penal. Remítase con carácter de urgencia copias de las actuaciones del referido al asunto al Juez Penal de Control de Guardia de adultos del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Ofíciese a la Unidad de Enlace de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara para su Traslado en calidad de deposito en la Comandancia General de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara y Líbrese el oficio conducente al Director del Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins