.//Este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 108 del Código Penal, 516 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal decreta el Sobreseimiento Definitivo de la Causa en favor del joven IDENTIDAD OMITIDA en la causa seguida por el delito de Lesiones Personales Leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal. Notifíquese de lo decidido al joven imputado a la Victima Hember José Perdomo García, a la Defensa y a la Fiscalía 19 del Ministerio Público.