Este tribunal oídas como han sido las partes, es procedente suspender el proceso y así se estima.
En consecuencia este Tribunal , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE EL PROCESO POR EL LAPSO DE SEIS meses (6) MESES E IMPONE A LA JOVEN identidad omitida , LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:
1)Residir en un lugar determinado con advertencia que cualquier cambio deberá informarlo al Tribunal
2) Prohibición de salir después de las 10 pm, salvo en caso de emergencia con su hijo.
3)Prohibición de Poseer o Portar armas de fuego de cualquier tipo y facsimiles
4) Prohibición de Consumir bebidas alcoholicas y sustancias tóxicas y estupefacientes.
5)Prestar Servicio a la Comunidad en la Iglesia San Judas Tadeo por el lapso de tres meses los días Lunes y Viernes
El Juez
El Secretario
Abog. Gerardo Pastor Arias