Oída las exposiciones y solicitudes de las partes, y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 solo por este acto por el Tribunal de Control Nº 2, de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: del análisis del acta policial donde se especifica el tiempo ,modo y lugar en que fueron detenidos los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de Resistencia a la Autoridad y Lesiones Personales, previsto y sancionado en los artículos 218 y 413 del Código Penal Vigente. Se acordó la aprehensión en flagrancia continuación por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 553 de la Ley Orgánica para la Protección.....