DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento Definitivo de la Causa que se sigue a otrora adolescente IDENTIDAD OMITIDA ut supra identificado, por la presunta comisión del delito Detentación de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal, ocurrido el día 10 de mayo de 2009; de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 561 literal d) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aplicable a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente por remisión del artículo 537 de la Ley Especial.
Notifíquese a las partes.
Regístrese
La Jueza de Control Nº 1, (S)
Abog. JENNY HERNANDEZ.
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