DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Se admite la acusación fiscal en cuanto al delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Porte Ilícito de Arma, en cuanto al delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, se separa de la calificación jurídica fiscal conforma al artículo 579 literal D visto que las cantidades incautadas observadas en la prueba toxicologiítas insertas al expediente se configuran en el delito de posición ilícita de sustancias Estupefacientes. SEGUNDO: En cuanto a (IDENTIDAD OMITIDA), se HOMOLOGA LA CONCILIACIÓN propuesta por las partes y se le suspende el lapso a prueba, POR EL LAPSO de UN AÑO (01), con las siguientes obligaciones por cumplir: 1. Mantenerse en la dirección aportada, en caso de cambio de residencia participar al Tri.....