DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Control N° 01 en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA LA CONCILIACION propuesta por las partes y se le suspende el lapso a prueba, POR EL LAPSO de DIEZ (10) MESES, al joven DATOS OMITIDOS, con las siguientes obligaciones por cumplir: 1. Mantenerse en la dirección aportada, en caso de cambio de residencia participar al Tribunal; sino lo participa se le librar orden de captura 2. Mantenerse al cuidado y vigilancia de su representante 3.- No portar arma de ningún tipo, 4. No incurrir en nuevos hechos delictivos. 5. No consumir sustancias estupefacientes ni alcohol 6.- Mantenerse trabajando o estudiando por lo que deberá consignar constancias cada 2 meses 6-. No salir de su residencia luego de las 9pm, cesan las medidas cautelares que tenia el adolescente. Quedan las partes notificadas de la presente decisión por ser publicada en el lapso legal correspondiente. Regístrese Cúmplase.
La Jueza .....