DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA , Venezolano, de 15 años de edad para el momento del hecho; por el delito de Contra las Buenas Costumbres, específicamente VIOLACION, previsto y sancionado en el Art. 374 del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el literal "E" del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cesan las medidas cautelares impuestas al adolescentes. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.