DISPOSITIVA
¿ Por lo antes expuesto este Tribunal del Control Nº 1, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: De la revisión de las actas, donde los funcionarios del Cuerpo de Policia del Estado Lara, Dirección de Inteligencia y Estrategias Preventivas, dejan constancia del tiempo, modo y lugar donde fue detenido el Joven DATOS OMITIDOS, igualmente consta acta de entrevistas a los testigos, consta cadena de custodia de la droga incautada, tomando en consideración la cantidad de la droga incautada, según la prueba de orientación, considera quien decide, que se dan los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y decide: 1) Se acuerda la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Conforme al artículo 557 de.....