Revisado el presente asunto, se constató que el cómputo efectuado el 16-04-2010 se cometió un error involuntario, en el tiempo que estuvo detenido, correspondiente al lapso del 10-02-2005 hasta el 08-02-2009, en relación al ciudadano HUMBERTO PASTOR ESPINA OVIEDO, C. I. Nº 14.334.745, nacido en fecha 21/02/78, 32 años de edad, casado, hijo de William Eduardo Espina (v) y Morelia Coromoto Oviedo Espina (v); domiciliado en la calle 32 con carrera 14 detrás del liceo Lisandro Alvarado ex funcionario de la Policía del Estado Lara, condenado en fecha 15-01-2010, por el Tribunal de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS, ONCE (11) MESES, VEINTITRÉS (23) DÍAS Y OCHO (08) HORAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSÍA POR MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionad.....