Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código penal, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a los penados LENIN ANTONIO RAMOS VIRGUEZ, DARWIN JOSE LOPEZ GRATEROL Y CARLOS EDUARDO VIRGUEZ OCANDO, titular de las cédula de identidad N° 13.843.054, 17.033.318 y 16.404.383, respectivamente.
Regístrese. Ofíciese con copia de la presente decisión al Director de la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario. Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del estado Lara, a la Defensa y al penado. Igualmente remítase copia de la presente Decisión a la Fiscalía Decimotercera del Ministerio Público del estado Lara. Remítase el presente Asunto a.....