D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA POR IMPROCEDENTE a: COLMENAREZ GIMÉNEZ YILBER ALEXANDER, titular de la cédula de identidad N° 17.378.584,el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, POR PRESENTAR INFORME TECNICO DESFAVORABLE. Todo conforme al artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Regístrese. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.- Ofíciese Centro Penitenciario de Centro Occidente remitiendo copia certificada de la presente decisión y del Informe Técnico realizado al penado.- Notifíquese a la Defensa y al penado con copia certificada de la present.....