D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución ,del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA, a: JORGE LUIS PINEDA RODRIGUEZ, Titular de la cédula de identidad (Indocumentado) Venezolano, mayor de edad, nacido 24/09/1981, domiciliado en Cerritos Blanco , la Municipal, frente a la escuelas de las monjas , cerca del modulo policial , y la cancha de esta ciudad, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA por el lapso de UN (1) AÑO contados a partir de su primera presentacion ante la Unidad Técnica , así mismo impone las siguientes condiciones las cuales debera cumplir a cabalidad :
No ausentarse de la ciudad ni de cambiar de residencia sin autorización del.....