D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA EL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTABA POR CUMPLIR, al ciudadano RICARDO JOSÉ HERNÁNDEZ, ampliamente identificado en autos, de conformidad con el artículo 112 ordinal 1º del Código Penal.-
Regístrese la presente decisión. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público y al penado. Ofíciese al Jefe de la Brigada de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Lara, ordenando dejar sin efecto la orden de captura librada a Nivel Nacional y Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad Plena. Remítase el presente asunto, al archivo Judicial, a los fines de su archivo y conservación.-