DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Concede el Beneficio de Destacamento de Trabajo, a los ciudadanos OLIVER YHONATAN TORRES Y EDIXON TOMAS GALENO, titulares de las cédulas de identidades N° V-12.436.248 y v- 12.023.282, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 ordinal 1°, 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara y al Director del Centro de Pernocta del Internado Judicial de Barquisimeto, Estado Lara. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público a la Defensa y a los penados.