Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia publicada en fecha 19-02-2010, por el Tribunal de Control Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, mediante el cual condenó, bajo el procedimiento de Admisión de los Hechos al ciudadano FRANCISCO JOSÉ ALVARADO GONZALEZ, C.I. Nº 9554603, divorciado, nacido 07-09-1964, de 45 años de edad, natural de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de Antonio Alvarado y Juana González, profesión asesor informático, residenciado en la calle 29 entre carreras 21 y 22, casa Nº 21-82, frente al Comedor Popular Rafael Montes de Oca de esta ciudad, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de AMENAZAS Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánico sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como las accesorias del artículo 16 del Código Penal. Corresponde a este órgano jurisdiccional e.....