Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia publicada en fecha 29-08-2009, por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó por el procedimiento de ADMISIÓN DE LOS HECHOS al ciudadano WALTER JOSE ORELLANA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.862.183, Natural de: Barquisimeto Estado Lara ; nacido el 26-10-1988; de 21 años; Hijo de José Gregorio Orellana Y Virginia del Carmen Suárez, soltero, Carpintero, residenciada en: Barrio el Carmen Carrera 1, con calle 6 a una cuadra antes de la escuela del carmen Casa N/S , Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Cor.....